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El Certificado Energético Andaluz, también llamado Certificado Energetico Sevilla, o Certificado de eficiencia energética, es obligatorio en España, debido al RD 235/2013 desde Mayo de 2013, para Alquilar, Vender, o publicitar alquileres y Ventas. Es indispensable que esté dado de alta en el Registro Andaluz de Certificados Energeticos, de hecho,  existe una plataforma telemática expresa para realizar el Registro del Certificado Energetico en Andalucia, si está interesado en su funcionamiento, pinche aquí. Recalcar nuevamente, que el Registro del Certificado energético, es obligatorio, una Certificación Energética sin registro, es un papel mojado.

Calculadora de Precio del Certificado Energético en la Provincia de Sevilla. Pincha en la calculadora, y descubre tu precio.

 

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Deducción por obras para la mejora en el consumo de energía primaria no renovable.

Realizamos certificados energéticos previos y posteriores para las deducciones fiscales de Hacienda en la declaración del IRPF, así como para el plan de Ecovivienda.

El coste del Certificado energético inicial o previo es de 100 € + IVA = 121 €

El coste del Certificado energético final o posterior es de 100 € + IVA = 121 €

La base de la certificación energética, es poder demostrar a través del certificado energético final o posterior una mejora de al menos un 30% en parámetro de energía no renovable respecto al certificado energético inicial o previo.

Otra posibilidad es que el certificado final o posterior, obtenga una calificación B en el parámetro de energía no renovable.

De estas dos maneras, podremos optar a la misma vez al plan Ecovivienda, y a la deducción del IRPF en Hacienda, en ambos casos al 40% respecto al total de la factura hasta un máximo de 7.500 € sin IVA.

Explicamos un ejemplo práctico;

CASO 1. Sin ECO ni Deducción Hacienda:

El Cliente monta el autoconsumo por valor de 5.000 € +  IVA = 7.260 €, no obtiene ninguna deducción, ni ninguna subvención. 0 €

CASO 2. Sin ECO pero con Deducción Hacienda:

El Cliente monta el autoconsumo por valor de 5.000 € +  IVA = 7.260 €, no obtiene ninguna subvención, pero gracias a los certificados previo y posterior, se deduce en su declaración de renta (Hasta un máximo de 7.500 € sin IVA = 3.000 €) el 40% de toda la factura, la cual era de 5.000 € + IVA = 2.000 € de deducción en renta. En este caso el cliente obtiene una mejora según su  tipo impositivo de IRPF de 2.000 €

CASO 3. Con ECO y con de Deducción Hacienda:

El Cliente monta el autoconsumo por valor de 5.000 € +  IVA = 7.260 €, y obtiene subvención de Ecovivienda al 40%, eso le deja con una subvención de 2.000 €, para ello tiene que hacer los certificados previo y posterior, gracias a los cuales también  se deduce en su declaración de renta (Hasta un máximo de 7.500 € sin IVA = 3.000 €) el 40% de toda la factura menos la subvención, la cual era de 5.000 € + IVA -2.000 € (que ya nos han subvencionado) = 3.000 €*40% de deducción en renta = 1.200 €. Por lo que sumando ambos casos el cliente obtiene una mejora final de 2.000 € en Ecovivienda + 1.200 € en la deducción de Hacienda según su tipo impositivo.

Precio Certificado Energético Andaluz. Precio Certificado de Eficiencia Energetica.

El precio de la certificación energética es libre, es decir, cada profesional o empresa, decide cual es su precio. Nuestros precios están publicados en la página web. Aconsejamos a nuestros clientes que tengan en cuenta dos factores principales a la hora de contratar un Certificado:

  • El técnico Competente realiza una visita al inmueble.
  • El precio de la certificación energética incluye el alta en el registro andaluz de Certificados energéticos, es decir, que al finalizar el proceso, nos aportan una copia del Registro de la certificación energética en Andalucia.

Hasta 180 m2 = 100 € + IVA = 121 €

181 m2 a 350 m2 = 150 € + IVA = 181,50 €

Más de 350 m2 = CONSULTAR.

¿Qué opinan nuestros clientes?

Haciendo click en este enlace, podéis tener acceso a las valoraciones de nuestros clientes, que han contratado algunos de nuestros servicios, y nos puntuan con un 4,9 sobre 5, si tenéis alguna duda acerca de  nuestra forma de trabajar y calidad y rapidez en nuestro servicio, esperamos que las valoraciones reales de algunos de nuestros clientes despejen todas tus dudas. No olvides  dejar tu reseña una vez finalicemos tu trabajo.

Las reseñas negativas nos hacen mejorar en nuestro trabajo, y las reseñas positivas, nos hacen saber que vamos por buen camino.

Real Decreto 235/2013registro certificado energetico andalucia

Tal y como explicábamos antes, desde Mayo de 2013, es obligatorio tener un certificado de eficiencia energética, para alquilar, vender, o publicitar un inmueble. Si lo desea podrá tener acceso a nuestras preguntas frecuentes, pinchando aquí, no obstante le informamos de antemano, que el sistema está preparado para que el 99% de los inmuebles (Viviendas y Locales), deban de realizar el certificado energético Sevilla. Existe alguna exención, pero teniendo en cuenta que el coste medio de los certificados energéticos es de 60-70 €, y las sanciones de 600-6000 €, creemos que ese precio se diluye en una venta o alquiler, y no merece la pena jugársela.

Otra de las cosas que deja clara el RD 235/2013, es la obligatoriedad de que la Comunidad Autónoma (Órgano Competente), cree un Registro Certificado Energético, en el caso de Andalucía, es el Registro Andaluz de Certificados Energéticos, por lo que a través de esta plataforma se podrá realizar el Registro Certificado Energetico Andalucia.

Real Decreto 390/2021registro certificado energetico andalucia

El 3 de Junio de 2021, se publica un nuevo Real Decreto, que deroga varios existentes en materias de certificaciones y auditorías energéticas. Este Real Decreto auna toda la nueva información de los anteriores, e incluye importantes novedades.

1. Este Procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios será de aplicación a:

a) Edificios de nueva construcción.

b) Edificios o partes de edificios existentes que se vendan o alquilen a un nuevo arrendatario.

c) Edificios o partes de edificios pertenecientes u ocupados por una Administración Pública, entendiendo por esta última la definida en el artículo 2.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con una superficie útil total superior a 250 m2.

d) Edificios o partes de edificios en los que se realicen reformas o ampliaciones que cumplan alguno de los siguientes supuestos:

1.º Sustitución, instalación o renovación de las instalaciones térmicas tal que necesite la realización o modificación de un proyecto de instalaciones térmicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, aprobado por el Real Decreto 1027/2007, de 20 de julio.

2.º Intervención en más del 25 % de la superficie total de la envolvente térmica final del edificio.

3.º Ampliación en la que se incremente más de un 10 % la superficie o el volumen construido de la unidad o unidades de uso sobre las que se intervenga, cuando la superficie útil total ampliada supere los 50 m2.

e) Edificios o partes de edificios con una superficie útil total superior a 500 m2 destinados a los siguientes usos:

1.º Administrativo.

2.º Sanitario.

3.º Comercial: tiendas, supermercados, grandes almacenes, centros comerciales y similares.

4.º Residencial público: hoteles, hostales, residencias, pensiones, apartamentos turísticos y similares.

5.º Docente.

6.º Cultural: teatros, cines, museos, auditorios, centros de congresos, salas de exposiciones, bibliotecas y similares.

7.º Actividades recreativas: Casinos, salones recreativos, salas de fiesta, discotecas y similares.

8.º Restauración: bares, restaurantes, cafeterías y similares.

9.º Transporte de personas: estaciones, aeropuertos y similares.

10.º Deportivos: gimnasios, polideportivos y similares.

11.º Lugares de culto, de usos religiosos y similares.

f) Edificios que tengan que realizar obligatoriamente la Inspección Técnica del Edificio o inspección equivalente.

2. Se excluyen del ámbito de aplicación:

a) Edificios protegidos oficialmente por ser parte de un entorno declarado o en razón de su particular valor arquitectónico o histórico, siempre que cualquier actuación de mejora de la eficiencia energética alterase de manera inaceptable su carácter o aspecto, siendo la autoridad que dicta la protección oficial quien determine los elementos inalterables.

b) Construcciones provisionales con un plazo previsto de utilización igual o inferior a dos años.

c) Edificios industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales, o partes de los mismos, de baja demanda energética. Aquellas zonas que no requieran garantizar unas condiciones térmicas de confort, como las destinadas a talleres y procesos industriales, se considerarán de baja demanda energética.

d) Edificios independientes, es decir, que no estén en contacto con otros edificios y con una superficie útil total inferior a 50 m2

 

Proceso de Medición del Certificado Energetico Sevilla ó Certificado de Eficiencia Energética.registro andaluz de certificados energeticos

Los pasos para contratar el Certificado Energetico Andaluz, Certificado Energetico Sevilla o Certificado de eficiencia energetica son los siguientes:

  • Aceptar presupuesto de Certifica Energía Sevilla.
  • Pedir cita para realizar la visita en el inmueble.(24 Horas)
  • Realizar medición del inmueble, donde se tendrán en cuenta diversos factores, como por ejemplo: Estanqueidad de cierres, orientaciones, tabiquería, aislamientos, etc.
  • Por último, obtención del Certificado de eficiencia Energética registrado en Andalucía en 24 Horas.

Nuestros Clientes.

Además, actualmente tenemos más de 4000 clientes que han solicitado el certificado de eficiencia energética en Sevilla o Alrededores. El 98% de nuestros clientes, no sólo repite, sino que nos recomienda.

Más Explicaciones del Certificado de Eficiencia Energetica.

Si lo desea, puede consultar dentro de nuestra web, documentación de su interés acerca del certificado de eficiencia energética.

Preguntas Frecuentes Certificación Energética.

Real Decreto de Certificados Energéticos 235/2013.

Consulta Registro Certificados Energéticos Andalucía.

¿En qué ciudades realizamos el Certificado de Eficiencia Energetica?

Por último decir que trabajamos en toda la provincia de Sevilla, no obstante los precios que se encuentran publicitados, son de las siguientes ciudades: Sevilla, Tomares, Castilleja de La Cuesta, Bormujos, Espartinas, Gines, Castilleja de Guzman, Valencina de la Concepción, Dos Hermanas, Alcalá de Guadaira, Mairena del Aljarafe, Umbrete, Almensilla, Sanlucar La Mayor, Benacazón, Olivares, Alcala del Rio, Gelves, San Juan de Aznalfarache, Camas, Burguillos, Gerena, Palomares del Rio, Coria del Rio, Santiponce, San Jose de la Rinconada.

 

NO DUDE EN CONTACTARNOS


854 614 690

clientes@certificaenergiasevilla.com

 

 

 

nacho lepe
nacho lepe
2021-04-23
Me pareció bien de precio, llame directamente y en unas horas todo hecho, muy cómodo y fácil. No le llegó el pago y ya tenia los papeles en mi correo ??
Justo Cuño
Justo Cuño
2021-04-21
Excelente: muy rápido, diligente, profesional. Muy confiable. Tardó menos de 24 horas en gestionar el alta y obtener el certificado energético. Un año después al tratar de recuperar el certificado, observé que lo había perdido y me lo reenvió en unos pocos minutos.
Antonio Salamanca Guerrero
Antonio Salamanca Guerrero
2021-04-19
Todo ha sido rapido y muy fiable, agradecer a Ignacio por su trato y cercania a la hora de realizar el trabajo.
Nablas Kalibans
Nablas Kalibans
2021-04-15
Todo perfecto. Rápidos y muy resolutivos. Tengo claro que les volveré a contratar si me surge la necesidad.
Victoria Carretero
Victoria Carretero
2021-04-12
Servicio rápido y muy profesional. Eficacia con estupenda atención al cliente. Muy satisfecha con toda la gestión del Certificado Energético y documentación recibida completa. Lo recomiendo, sin dudas. Gracias y saludos.
Felix Polonio
Felix Polonio
2021-04-08
Buena experiencia, trato inmejorable. muy recomendable
quemalo esaburrirse
quemalo esaburrirse
2021-04-06
Rapidez y eficacia. Ademas de que te aconsejan si estas perdido como yo?
JAJ
JAJ
2021-04-01
Muy recomendable, muy buen profesional, trabajo rápido y eficiente.
Electrohogarnet
Electrohogarnet
2021-03-26
Experiencia inmejorable. Atención impecable por parte de Ignacio, que me asesoró sobre todas las dudas que tenia y me aconsejo sobre el material y las características necesarias y todo ello sin cobrar un duro. No tuve que pagar nada hasta que no termino su trabajo una vez realizada y presentada toda la documentación en industria. Un 10.

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