Contratar electricidad y gas: todo lo que necesitas saber para dar de alta la luz y el gas.
Certifica Energía Sevilla, es punto oficial de REPSOL para tramitar altas, y cambios de titularidad relativos a cualquier suministro de Gas y Electricidad, ya sea en residencial, comercios, o industrias.
No dudes en ponerte contacto con nosotros para que te realicemos el estudio de tus facturas de electricidad y gas sin compromiso.
Pincha en nuestra calculadora para ver cuanto te ahorras en la factura de electricidad y/o gas.
Contratar electricidad es una acción que casi todos tenemos que llevar a cabo alguna vez en nuestra vida. Es un requisito necesario para poder disfrutar de las ventajas y la comodidad de contar con energía eléctrica en nuestros hogares.
El alta de la luz
Solicitar el alta de luz es un requisito previo para gozar de suministro eléctrico. Resulta un trámite sencillo, pero es importante informarse de antemano sobre varias cuestiones.
Los plazos que deben tenerse en cuenta, el precio del alta de la luz, la documentación necesaria para realizar la petición, etc. Todas estas son consideraciones importantes. Pero hay una pregunta previa fundamental: con qué compañía eléctrica se desea firmar el contrato de la luz. Esta última, como verás, es una cuestión relativamente novedosa, fruto de la liberalización del mercado eléctrico en nuestro país, a partir del año 2009.
Esta liberalización fue la culminación de una actuación jurídica que comenzó con la promulgación de la Ley 54/1997, y se extendió a lo largo de la entrada en vigor de textos jurídicos posteriores, la Ley 53/2002 y la Ley 24/2005. Finalmente, en el año 2013 se aprobó la nueva Ley del Sector Eléctrico, que dio entrada en el mercado a nuevos agentes comercializadores. Pero de este punto nos ocuparemos más adelante. En primer lugar, vamos a aclarar conceptos básicos relativos a la actuación de solicitar el alta.
Pasos para obtener el alta de la luz y contratar la electricidad
Existen varias situaciones en las que una persona debe plantearse comenzar los trámites para dar de alta la luz.
Cuando se trata de una vivienda nueva, lo primero es comprobar si el inmueble tiene ya acometida eléctrica. De no ser así, será necesario contactar con la distribuidora de la zona. Desde allí pueden informarte de los siguientes pasos a seguir. En segundo lugar, habrá que solicitar el boletín eléctrico. Se trata de un documento, realizado por un instalador eléctrico, en el que consta la información eléctrica relativa a la vivienda. Por último, contactar con la comercializadora elegida, informarte sobre el coste del alta de la luz e iniciar el trámite. En estos casos, cuando se trata de una casa o piso nuevo, los contratos de luz y gas, y otros suministros, suelen realizarse de forma simultánea.
Cuando la vivienda ya ha sido ocupada con anterioridad, y si todavía no han transcurrido tres años desde que se ha dado de baja el suministro, el nuevo ocupante dará de alta la luz por un precio menor.
Documentación necesaria para dar de alta la luz
Las distribuidoras eléctricas son las encargadas de conectar las viviendas o locales al suministro eléctrico. Y para conocer la encargada de llevar a cabo la conexión de tu inmueble únicamente necesitas fijarte en el Código Universal de Punto de Suministro (CUPS). Puede considerarse el documento de identidad del suministro eléctrico, su D.N.I. Los cuatro primeros dígitos indican la distribuidora concreta, por ejemplo:
- ES0031: Edistribución Redes Digitales (Antigua Endesa).
- ES0021: i-DE, Redes Eléctricas Inteligentes, S. A. U.
- ES0027: Puente Viesgo.
- ES00229: Nortegas.
- ES0036: HC Energía.
- ES0022: UFD Distribución.
Este documento será uno de los solicitados a la hora de dar de alta la luz. Pero, además, para contratar la luz debe aportarse:
- Nombre, apellidos y Documento Nacional de Identidad del titular del contrato.
- Certificado de la Instalación Eléctrica, confirmando que se encuentra en perfecto estado para su uso.
- Especificación de la potencia eléctrica contratada.
- Dirección exacta de la ubicación del inmueble.
- Datos bancarios para proceder a la domiciliación del pago.
Sobre toda esta información, es importante recordar que existe un plazo (suele ser de 5 a 7 días hábiles) fijado por las distribuidoras para tener suministro eléctrico. Por eso, es conveniente anticipar las gestiones y no esperar a realizar la mudanza para hacerlas, ya que el resultado de la demora puede ser encontrarse unos días sin luz en la nueva vivienda.
¿Cuál es el precio de dar de alta la luz?
El usuario debe pagar una cantidad de dinero a cambio de los derechos de alta de luz. Y esta es una condición indispensable para obtener un contrato de electricidad. Este precio se paga a la distribuidora, e incluye los derechos de enganche (9,04 euros), extensión y acceso. A estos corresponden, 17,37 y 19,70 euros/kW + IVA.
¿Qué potencia y tarifa tengo que establecer en el momento de contratar la electricidad?
El contrato para la luz implica siempre elegir una potencia eléctrica determinada y una tarifa, que debe adecuarse a las necesidades reales del cliente.
En cuanto a la potencia, debe calcularse con la mayor precisión posible para que no existan problemas tras contratar la electricidad. Para hacerlo, puede recabarse la ayuda de un electricista que acudirá al domicilio para realizar el cálculo. Pero también es posible hacerlo la potencia manualmente, mediante la suma de las potencias de cada electrodoméstico del domicilio, y a través de una herramienta específica. Se trata de una calculadora de potencia en la que se ingresa el número de personas convivientes en el inmueble, así como las potencias de los aparatos.
La cuestión de la tarifa es algo más complicada, debido a la liberalización del mercado eléctrico, un punto que merece explicarse mediante un apartado propio.
Distribuidoras y comercializadoras: ¿Qué tarifa elegir a la hora de contratar la electricidad?
Hoy en día, elegir una tarifa de luz resulta mucho más complejo que hace unos años. La entrada en escena de distintas empresas comercializadoras, cada una con ofertas y condiciones propias, ha multiplicado las opciones, pero también las dificultades.
Se trata de un asunto que es necesario tomarse muy en serio, y meditarlo con tiempo para tomar la mejor decisión. Conocer bien el significado de ciertos términos es primordial para comprender de forma clara qué vas a contratar, por qué conceptos tienes que pagar, y a favor de quién debes realizar tal pago.
Distribuidora y comercializadora: diferencias
Una distribuidora eléctrica es la encargada de conducir el suministro eléctrico hasta los locales o viviendas. Las autoridades son las encargadas de establecerlas, según la zona geográfica. Por eso, en este punto no hay opción posible para el consumidor cuando piensa en contratar la electricidad. Estas compañías llevan a cabo tareas destinadas al cuidado y mantenimiento de las infraestructuras conductoras de la energía eléctrica, así como de los equipos individuales. También solucionan averías, gestionan las solicitudes de altas, bajas y cambios de titularidades, a petición de las empresas comercializadoras.
Mientras, las comercializadoras compran la energía en el mercado mayorista para, más tarde, venderla a los consumidores Y la hacen llegar a los hogares u otras dependencias, a través de las estructuras que, a su vez, tienden las distribuidoras.
Con anterioridad al año 2009, distribuidora y comercializadora eran la misma empresa. Así, una misma compañía se encargaba de todo lo relativo a la distribución, al tiempo que también tarificaba la luz. La Unión Europea exigió que se estableciese esta diferencia.
En un principio, muchas distribuidoras operaban al mismo tiempo como comercializadoras bajo la misma denominación empresarial. Pero, por una cuestión de transparencia, se les obligó legalmente a cambiar sus nomenclaturas para no llevar a confusión a los usuarios. Y para impedir, además, que estos se vean obligados de alguna forma a comprar la electricidad a la misma empresa que se encarga de la distribución.
Por ejemplo, Endesa Distribución recibe ahora el nombre Edistribución Redes Digitales. Y, en el caso de Iberdrola Distribución, su nueva denominación es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S. A.
Mercado regulado y mercado libre
Como ya se explicó en líneas anteriores, la liberalización del mercado eléctrico trajo consigo la aparición de diversas comercializadoras. Por este motivo, ahora se presentan ante el consumidor muchas más tarifas entre las que escoger.
Para empezar, es preciso hacer una distinción entre mercado regulado y mercado libre.
Mercado regulado
En el primero, se encuentra el PVPC, o Precio Voluntario al Pequeño Consumidor. Es un espacio regulado por el gobierno, en el que la tarifa se rige por la ley de oferta y la demanda. En concreto, por la relación entre la oferta y la demanda de las compañías distribuidoras y comercializadoras.
El contrato de PVPC es una tarifa que funciona como una tarifa con discriminación horaria. Se trata de la antigua tarifa de último recurso de la luz. En ella, se tarifica a través de las mediciones realizadas por contadores inteligentes que reflejarán una curvatura en los precios. Es decir, si te adscribes al PVPC con discriminación horaria, pagarás más cuando consumes electricidad en las horas más caras (cuando hay más demanda), y menos, si consumes durante las más baratas (cuando la demanda es menor). Además, el precio oscila entre un día y el siguiente.
A este mercado regulado puede adherirse todo consumidor cuya potencia contratada no supere los 10 kW. Pero es importante tener claro que únicamente pueden ofertar esta tarifa las llamadas comercializadoras de referencia, también las únicas con capacidad para ofertar el Bono Social. El listado de estas comercializadoras quedó establecido en el año 2014 por el Ministerio de Industria, Energía y Turismo. Entre ellas se encuentran algunas muy conocidas por todos nosotros: Repsol, Naturgy, Iberdrola o Repsol.
Mercado libre
Por otro lado, en el mercado libre se encuentran las demás comercializadoras. Pueden ofrecer diferentes precios y los usuarios podrán elegir entre todo tipo de descuentos, promociones, etc. Es posible optar por una tarifa estable, sin variaciones para el consumidor. O una tarifa nocturna, pensada para consumidores que sobre todo consumen durante la noche. Incluso existen combinaciones que ofrecen simultáneamente luz y gas.
Lo cierto es que cada vez entran en juego más compañías comercializadoras con un amplio abanico de tarifas. Además de Repsol, Naturgy o Selectra, también pueden citarse otras como Holaluz, Electia, Podo, Cepsa, Lucera, y muchas más.
Algunas cuestiones adicionales sobre el suministro de gas
Junto al suministro eléctrico, el gas es otro de los más demandados por la población. Y es que, en la mayoría de los hogares, contar con calefacción o agua caliente pasa por haberlo contratado previamente.
Por eso queremos aportar algunos datos y consejos que pueden resultar muy útiles para el consumidor.
Como verás, las características del proceso de contratación son muy similares al del alta y contratación de luz. Pero los paralelismos entre ambos suministros se extienden más allá de este punto.
En ambos casos, podemos hallar en el mercado diferentes ofertas y tarifas. Asimismo, ambos suministros se encuentran regulados por ley.
¿Cuándo tienes que dar de alta el gas?
Existen dos supuestos en los que es necesario contratar gas:
–Cuando en el domicilio o local nunca ha existido suministro de gas. En este caso, al tratarse de la primera vez, primero debes fijarte si el inmueble cuenta con la instalación necesaria. Si no es así, contacta con la distribuidora de gas correspondiente, o con una empresa autorizada para acometer la instalación. Ellos te facilitarán el Certificado de Instalación de Gas.
Asegúrate de que la conducción del gas llega hasta tu ubicación. Una vez está todo listo, puedes solicitar a tu compañía el alta. Un técnico de la distribuidora se encargará de conectar tu domicilio o negocio a la red del gas.
-Si la vivienda o local ya han tenido antes suministro. Este supuesto permite saltarse algunos pasos. Hay que comprobar si la instalación se encuentra en perfecto estado. Después, se puede solicitar directamente a la distribuidora la conexión a la red de suministro.
¿Qué documentación necesitas?
Al igual que en el alta de la luz, esta implica la aportación por el usuario de una serie de documentación:
- Datos del titular (nombre, DNI, teléfono, email, etc.).
- Dirección completa de la localización del suministro.
- Datos bancarios, para la domiciliación.
- Tarifa elegida.
- Dos certificados: el correspondiente a la IRI (Instalación Receptora Individual) y el de la instalación del gas, de carácter obligatorio.
¿Dar de alta el gas tiene un coste?
La respuesta es afirmativa. El alta del gas tiene un precio que varía en función de varios factores. Por ejemplo, si es la primera vez o no en la que se produce el alta. Esto es así a consecuencia de los llamados derechos de acometida, que cuentan con una caducidad de 5 años desde la fecha de la última baja. El otro factor lo representan los derechos de alta, distintos según la Comunidad Autónoma y la tarifa elegida.
Distribuidoras y comercializadoras de gas en España
En el 2008 se produce la liberalización del mercado, iniciada en 1998. A partir de ahí existen distribuidoras y comercializadoras. Las primeras, encargadas de las infraestructuras y las conexiones de los usuarios a los suministros. Y las otras, responsables de proporcionar el gas que ellas mismas adquieren en el mercado mayorista. Algunas compañías están presentes tanto en el mercado eléctrico como en el gasista.
Las principales distribuidoras en nuestro país son:
- Madrileña Red de Gas.
- Nedgia
- Nortegas
- Gas Extremadura.
En cuanto a las comercializadoras, en este sector encontramos la distinción entre mercado regulado y mercado libre.
Mercado regulado, capacitado para ofrecer la TUR (Tarifa de Último Recurso):
- D. P Comercializadora de Último Recurso.
- Endesa Energía XXI, S. L. U.
- Gas Natural S. U. R. SDG, S. A.
- Iberdrola Comercialización de Último Recurso, S. A. U.
- Madrileña Suministro de Gas S. U. R., S. L.Y.
En el mercado libre:
- Energías de Portugal.
- Viesgo
- Endesa
- Gas Natural Fenosa.
- Galp Energía.
- Iberdrola
Si está entre tus planes dar de alta y contratar el suministro de gas, lo mejor es realizar un análisis cuidadoso del mercado. Comprueba a qué tarifas tienes acceso y estudia cuál se adapta mejor a tus circunstancias. Debes tener en cuenta la superficie del inmueble, la cantidad de personas convivientes, el horario en que utilizarás los servicios, etc.
Certifica Energía Sevilla: ayuda para contratar la electricidad
Como puedes ver, contratar electricidad puede ser, en ocasiones, una asignatura con un temario difícil de entender. La existencia de un mercado libre con una oferta cada vez más grande dificulta la toma de decisiones. Por eso, es muy conveniente llevar a cabo un estudio previo teniendo en cuenta las circunstancias concretas de cada caso.
Desde Certifica Energía Sevilla podemos ayudarte resolviendo cuestiones relativas al boletín eléctrico, certificados, legalización de instalaciones, o si tienes en mente un proyecto de electricidad. Ponte en contacto con nosotros y dinos qué necesitas.
NO DUDE EN CONSULTARNOS
ELECTRICIDAD Y GAS REPSOL
648 26 20 99
clientes@certificaenergíasevilla.com