Legalización Autoconsumo Solar Madrid Hasta 5 MW

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Legalizar Autoconsumo Madrid

 

 

 

Instalaciones Fotovoltáicas Autoconsumo

Certifica Energía es instalador autorizado en Baja Tensión Categoría Especialista. Podemos hacer instalaciones de autoconsumo hasta 5 MW a nivel nacional. En la actualidad funcionamos en dos líneas claramente diferenciadas:

  • Realizamos Instalaciones de Autoconsumo en todo el territorio nacional. Nos encargamos de todo. Estudio, oferta, subvenciones, instalación, y por supuesto la legalización. Pincha AQUÍ y pídenos oferta.
  • Legalizamos instalaciones de autoconsumo de terceros en la península ibérica.

 

Calculadora Precios Legalización Autoconsumo Solar Hasta 100 Kw.

Os presentamos nuestras nuevas calculadoras de precio para calcular el precio exacto de nuestros servicios de legalización en cualquier situación.

 

 

Llave en mano. Montaje, instalación y legalización de Autoconsumo Solar Fotovoltaico

En este caso,  ya sea en cualquier ciudad de la Comunidad de Madrid, realizamos el estudio desde el inicio, diseñando la instalación de autoconsumo a medida según las especificaciones del cliente.

Además,  tenemos el novedoso método 360 grados, que nos sirve para cubrir y satisfacer todas las necesidades de cualquier cliente.

Servicio 360 Grados Autoconsumo

Legalización Autoconsumo Solar Madrid Hasta 5 MW

Certifica Energía es empresa instaladora autorizada en Baja Tensión en categoría especialista. También realizamos proyectos certificados final de obra. Eso significa que podemos realizar legalizaciones de autoconsumo con y sin excedente en España, y evidentemente en la Comunidad de Madrid.

En principio para legalizar nuestra instalación tenemos dos agentes principales (Ayuntamiento e Industria). En principio no cruzan datos entre ellos, por lo que muchos clientes deciden legalizar en industria únicamente sin solicitar licencia de obras en el ayuntamiento. Insistimos que lo correcto para evitar problemas futuros es legalizar por los dos conductos (Industria y Ayuntamiento), aunque entendemos que hay Ayuntamientos que o por desconocimiento o malas praxis, solicitan documentos que no tienen sentido en ocasiones.

 

          

 

Industria Comunidad de Madrid

En primer lugar vamos a centrar el trámite en Industria en la Comunidad de Madrid.

Lo Primero que vamos hacer es establecer las zonas o rangos que establece el decreto y explicaremos las figuras que existen:

HASTA 10 kw De potencia Nominal de Inversor:

En esta franja Funcionamos con memoria (sin proyecto). Hay dos Modalidades como siempre:

  • Sin Excedentes: No importa el Tipo de Suelo si es URBANO o NO, es necesario lo siguiente:
    • Memoria (Es una memoria libre, no hay formato establecido por Industria)
    • Certificado de Instalación Eléctrica de Autoconsumo
    • Comunicación  a la distribuidora (Un simple correo diciendo que se va a montar un Autoconsumo)
  • Con Excedentes SUELO URBANO: OJO porque afecta el tipo de Suelo. SI ES URBANO
    • Memoria (Es una memoria libre, no hay formato establecido por Industria)
    • Certificado de Instalación Eléctrica del Autoconsumo
    • Comunicación  a la distribuidora (Un simple correo diciendo que se va a montar un Autoconsumo)
  • Con Excedentes SUELO NO URBANO: OJO porque afecta el tipo de Suelo. SI NO ES URBANO
    • Memoria(Es una memoria libre, no hay formato establecido por Industria)
    • Certificado de Instalación Eléctrica del Autoconsumo
    • Condiciones Técnicas de Acceso otorgadas por la Distribuidora (En términos cristianos, vía antigua, es muy complejo y costoso de conseguir para los pocos KW que vamos a tener de excedentes. Si el suelo NO es URBANO, desaconsejamos la legalización CON EXCEDENTES, es preferible SIN EXCEDENTES.

Entre 10 y 15 kw De potencia Nominal de Inversor:

Es la zona que nosotros denominamos de “BAJO CONFORT”,  es exactamente igual que la anterior, pero en vez de memoria es con PROYECTO Y CERTIFICADO FINAL DE OBRA. El resto de casuísticas siguen siendo las mismas para el suelo y los excedentes. Decimos de BAJO CONFORT, porque por pocos KW más, hay que meterse en el lío de un proyecto y de un certificado final de obra, que encarece bastante la legalización. Las memorias la hacen los Electricistas Autorizados, los proyectos y los certificados finales de obra los técnicos competentes (Ingenieros)………

Entre 15 y 25 kw De potencia Nominal de Inversor:

Tenemos las dos tipologías de siempre, Con y sin Excedentes:

  • Sin Excedentes: No importa el Tipo de Suelo si es URBANO o NO, es necesario lo siguiente:
    • Proyecto
    • Certificado Final de Obra
    • Certificado de Instalación Eléctrica de Autoconsumo
    • Comunicación  a la distribuidora (Un simple correo diciendo que se va a montar un Autoconsumo)
  • Con Excedentes: Llegados a estos KW, da igual el tipo de suelo, estas fastidiado por RD, si quieres excedentes, Condiciones Técnicas de Acceso para todo el mundo (Café con leche para todos…….)
    • Proyecto
    • Certificado Final de Obra
    • Certificado de Instalación Eléctrica de Autoconsumo
    • Condiciones Técnicas de Acceso otorgadas por la Distribuidora (En términos cristianos, via antigua, llegados a este punto seguimos aconsejando realizarlo sin excedentes, salvo que tengamos una cuantía de excedentes cuyo coste sea muy elevado anualmente)

Entre 25 y 100 kw De potencia Nominal de Inversor:

Es igual que el rango anterior, solo que hay que hacer OCA.

Entre 100 kw y 5 Mw De potencia Nominal de Inversor:

En este caso y debido a la complejidad, aconsejamos que os pongáis directamente en contacto con nosotros, ya sea telefónicamente o a través de nuestro formulario de contacto.

Figuras que intervienen en las legalizaciones.

Una vez hemos repasados las zonas que existen, vamos a explicar las FIGURAS:

Instalador Autorizado Baja Tensión Categoría Especialista: Es quien realiza la instalación, y quien debe de legalizar la instalación cuando es menor de 10 KW, En este caso, es el mismo instalador quien firma la memoria, ejecuta la instalación, y firma el Certificado de Instalación de Autoconsumo, encargándose personalmente del trámite de legalización en Industria.

Cuando la instalación es superior a 10 KW, el trabajo del instalador es el de ejecutar la instalación según el proyecto del técnico competente, y firmar el Certificado de instalación eléctrica. En este caso no se encarga de la legalización, sería el técnico competente.

Redactor Proyecto: Tiene que ser un técnico competente (Ingeniero, etc), únicamente redacta el proyecto, no está obligado a firmar el Certificado Final de Obra, aunque puede hacerlo.

Director de Ejecución: Tiene que ser un técnico competente (Ingeniero, etc), es quien se asegura de que se ejecute la instalación fiel al proyecto que ha redactado el técnico competente. Es quien legaliza la instalación. Su trabajo es además de lo ya descrito, firmar el Certificado final de Obra/Instalación, y coger toda la documentación y presentarla en industria. Puede ser el mismo técnico redactor del proyecto, u otro técnico independiente.

Pasos para la legalización en Madrid:

1º Se realiza la Memoria

2º Se gestiona el Certificado de Instalación Eléctrica de Autoconsumo, liquidando la tasa. Si todo va bien nos notifican con el registro de la instalación de autoconsumo (Suele ser en 24/48 horas si no hay inspección).

Formato Memoria, Contenidos.

Como explicábamos antes, en la gran mayoría de Comunidades es una memoria tipificada en la que no es necesaria ni planos. Simplemente Cálculos de alterna, de continua y cálculos solares con un esquema unifilar, entregar las ficha técnicas y listo………

En este caso, la Comunidad de Madrid, funciona por memoria tipificada de la Comunidad. Y las instalaciones menores de 10 KW se legalizan a través de la EICI (Entidad de Inspección y Control Industrial) autorizada por la DGIEM de la Comunidad de Madrid.

Nosotros, por protocolo, realizamos una memoria (Que llamamos memoria tipo industria), en la que describimos la instalación, y realizamos los cálculos en alterna, continua, la justificación solar, y añadimos las fichas técnicas de los equipos que intervienen.

Esa es la memoria que le entregamos al cliente, y posteriormente, pasamos los datos de nuestra memoria tipo industria, a la memoria tipificada de la Comunidad de Madrid, y junto al boletín eléctrico de Autoconsumo, y las fichas técnicas, es que lo que se entrega a la EICI. Nuestra memoria tipo industria es reaprovechable para el Ayuntamiento.

En principio si no hay inspección, obtendremos nuestro legalización definitiva en 24/48 Horas.

Inspección de EICI.

En principio las instalaciones menores de 10 KW, no deberían de tener inspección de visita (OCA), tan solo inspección de control documental. No obstante en la Comunidad de Madrid se funciona por muestreo, y cada día se selecciona aleatoriamente un grupo de instalaciones que se inspeccionan. Por lo que es posible que la instalación de autoconsumo sea inspeccionada en una visita.

Generalmente no suele existir problema, pero para evitar sobresaltos, es importante tener la documentación ordenada y la instalación bien ejecutada. Es simple, haciendo las cosas bien, nunca hay problema.

Paquetes Certifica para toda España Hasta 10 KW. Legalización Industria + Memoria Ayuntamiento.

Tenemos la posibilidad de hacer una paquete en cualquier comunidad autónoma con:

-Legalización Industria + Memoria Ayuntamiento = 850 € + IVA (*** Incluye Memoria y Certificado Final de Obra Visado por Colegio de Ingenieros, así como certificado de solidez estructural visado, tasa de industria, boletín y legalización )

****En ningún caso se tramita licencia de obra en ayuntamiento ni subvención, únicamente se prepara la documentación, es el cliente el que se encarga de tramitar la licencia de obras, bonificación  de IBI, y subvención.

****Si tramitamos la legalización en industria hasta la obtención del registro en industria y el certificado de autoconsumo eléctrico correspondiente.

Ayuntamiento:

Es muy interesante solicitar licencia de obra en el Ayuntamiento para así poderla tener de manera legal ya que podemos acceder a bonificaciones en el Impuesto de la Contribución IBI.

Como habíamos mencionado al principio, hay Ayuntamientos que son extremadamente duros a la hora de solicitar documentación para una instalación de placas solares. No sabemos si es por desconocimiento, afán recaudatorio, u otras causas. Pero la realidad es que nosotros hasta la fecha hemos detectado tres tipos de Ayuntamientos:

1. Ayuntamiento Sencillo:

En este caso, el Ayuntamiento suele poner pocas trabas, les vale con una simple memoria, y un presupuesto del instalador, entienden que es un trámite por licencia de obra menor. A veces no es necesario ni entregar memoria, simplemente con el presupuesto les vale.

2. Ayuntamiento Típico/Común:

No suelen poner especiales trabas, pero al menos te solicitan la memoria, el presupuesto, y planos de detalle de la instalación.

Entienden que es un trámite de obra menor, pero al menos quieren la memoria y los plano de detalle de la instalación solar.

Aquí hay que tener cuidado, porque algunos te permiten que la firma de la memoria la haga el Instalador Autorizado, y en otros no les vale el instalador, y necesitan un Técnico Competente. Evidentemente cuando es necesario un Técnico Competente (Ingeniero), el coste es más caro.

3. Ayuntamiento Complejo/Especialito:

Este tipo de Ayuntamiento se caracteriza por pensar que colocar placas en el tejado o cubierta, es parecido a hacer LA CAPILLA SIXTINA, es por ello que consideran el trámite como obra mayor. O aún sin considerarlo obra mayor, te solicitan documentación similar:

  • Estudio de Cargas
  • Cálculos de Viento y Nieve
  • Certificados de Solidez Estructural
  • etc.

Suelen pedir documentos que no pertenecen según su tabulación de industria a un Instalador Autorizado. Es por ello, que por competencia de firma tiene que firmar un ingeniero.

Nuestros precios cuando no son llave en mano, incluyen una ayuda o acompañamiento documental en el Ayuntamiento. No se incluye entrega ni solicitud de licencia de obra. Simplemente resolvemos a nivel documental los requisitos que os soliciten en el Ayuntamiento derivados de la licencia.

Donde Trabajamos

En toda la Comunidad de Madrid, nombraremos las localidades con mayor población (Madrid, Móstoles, Fuenlabrada, Alcala de Henares, Leganes, Getafe, Alcorcón, Torrejón de Ardoz, Parla, Pinto, Valdemoro, Villaviciosa de Odón, Villanueva de la Cañada, Coslada, Pozuelo de Alarcón, Majadahonda, Collado-Villalba, Aranjuez, Arganda del Rey, Boadilla del Monte, San Sebastian de los Reyes, Las Rozas, Rivas-Vaciamadrid, Colmenar Viejo, Tres Cantos, San Fernando de Henares.)

¿Por qué Legalizar Autoconsumo Solar con nosotros?

Por nuestra TRANSPARENCIA, objetivamente somos la empresa más transparente, explicamos el proceso íntegro en la comunidad, por lo que demostramos nuestra experiencia en la Comunidad de Madrid, y publicamos los precios finales sin sorpresas de última hora.

En este link podéis ver nuestras valoraciones en GOOGLE.

 

NO DUDE EN CONTACTARNOS

LEGALIZAR AUTOCONSUMO SOLAR MADRID

854 614 690

info@certificaenergiasevilla.com

 

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