Guía completa para legalizar la instalación eléctrica de un local de pública concurrencia en Andalucía.
Abrir un nuevo negocio o reformar un establecimiento comercial implica cumplir con un marco normativo riguroso. Si el espacio está clasificado como local de pública concurrencia, la normativa eléctrica es especialmente estricta con el objetivo de garantizar la seguridad de los usuarios ante posibles emergencias o fallos en el suministro.
Si bien los requisitos generales son los mismos, cada comunidad autónoma tiene su propio proceso.
En esta guía te explicamos en qué consiste la legalización eléctrica de estos espacios, qué requisitos exige el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) y cuáles son los pasos administrativos para obtener la puesta en servicio oficial en Andalucía, es decir, en cualquiera de sus ocho provincias (Sevilla, Cádiz, Huelva, Córdoba, Almería Jaén, Málaga y Granada).
¿Qué es un local de pública concurrencia?
Según la instrucción técnica complementaria ITC-BT-28 del REBT, se considera local de pública concurrencia a cualquier establecimiento destinado a la reunión o estancia de personas ajenas al mismo.
A grandes rasgos, podemos dividirlos principalmente en tres categorías:
- Locales de espectáculos y actividades recreativas: Cines, teatros, auditorios, estadios, discotecas o salas de fiesta.
- Locales de reunión, trabajo y uso sanitario: Bares, restaurantes, cafeterías, centros comerciales, hospitales, clínicas, museos, bibliotecas, colegios y gimnasios.
- Establecimientos con aforo o características especiales: Aquellos donde la ocupación o complejidad de evacuación requiera medidas reforzadas de seguridad eléctrica.
No obstante, en esta ilustración vemos una división más detallada.
Requisitos técnicos fundamentales (ITC-BT-28)
La instalación eléctrica en este tipo de locales debe contar con protecciones y materiales específicos:
- Cableado de alta seguridad: Es obligatorio el uso de conductores aislados libres de halógenos, con baja emisión de humos y opacidad reducida (cables tipo AS o AS+ en servicios de seguridad).
- Alumbrado de emergencia y evacuación: Debe garantizarse la iluminación en vías de evacuación, cambios de dirección, cuadros eléctricos y equipos de protección contra incendios ante un corte de suministro.
- Fuentes de suministro de socorro o reserva: Según el tipo de local, puede ser necesaria la instalación de un sistema de alimentación ininterrumpida (SAI), baterías o grupos electrógenos.
- Protección diferencial e interruptores: Cuadros eléctricos correctamente etiquetados, coordinados y protegidos contra sobretensiones y contactos directos e indirectos.
- No sobrecargar diferenciales: La suma de los térmicos que van aguas abajo, no debe de superar el diferencial. Es decir un diferencial de 40A/30ma no puede tener colgando 4 circuitos con cuatro PIAS de 20A. Habría que utilizar dos diferenciales, y colocar dos PIAS por diferencial.
- Mantener la correcta relación entre Sección e Interruptor:
- 1,5 mm2 = 10A
- 2,5 mm2 = 16A
- 4 mm2 = 20 A
- 6 mm2 = 25 A
Pasos para legalizar la instalación eléctrica
El proceso de legalización requiere la intervención de técnicos cualificados y la aprobación de los organismos oficiales de tu Comunidad Autónoma.
- Elaboración del Proyecto Eléctrico
A diferencia de las instalaciones básicas que se pueden tramitar con memoria técnica por TECI, los locales de pública concurrencia requieren siempre un Proyecto Técnico redactado y firmado por un Ingeniero colegiado.
- Ejecución por una Empresa Instaladora Autorizada
La instalación debe ser realizada por un electricista o empresa instaladora autorizada que ejecute la obra siguiendo fielmente el proyecto técnico aprobado.
- Inspección Inicial por OCA (Organismo de Control Autorizado)
Antes de la puesta en servicio, una Entidad de Inspección / OCA debe auditar la instalación in situ. Comprobarán la calidad de los materiales, los disparos de protecciones, la continuidad de la toma de tierra y el correcto funcionamiento del alumbrado de emergencia. Es decir, deben verificar que la instalación ha sido ejecutada por el instalador autorizado fiel al proyecto eléctrico de baja tensión.
- Emisión del Certificado de Instalación Eléctrica (CIE) y Registro
Una vez superada la inspección con resultado favorable, se emite el Boletín Eléctrico (CIE) firmado por el instalador y visado por el ingeniero. Toda la documentación se tramita ante la Consejería de Industria de la comunidad andaluza a través del aplicativo PUES obteniendo de manera inmediata la inscripción de la instalación.
Preguntas Frecuentes (FAQ)
¿Con qué frecuencia se deben hacer las inspecciones periódicas?
Las instalaciones eléctricas en locales de pública concurrencia deben someterse a una inspección periódica por parte de una OCA cada 5 años.
¿Puedo abrir el local antes de legalizar la instalación?
No. Las compañías suministradoras no darán de alta el contrato de luz sin el documento de puesta en servicio sellado por Industria, y el Ayuntamiento no concederá la Licencia de Apertura definitiva.
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